Blog de José Franch, profesor del Departamento de Comercio y Márketing en La Vall d'Uixó.
lunes, 18 de noviembre de 2013
El síndrome de Burn-out, otro síntoma del daño laboral.
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 4.3. dice:
Se consideraran como «daıios derivados del trabajo» las enfermedades patologicas o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.
Has visto el vídeo adjunto, ahora te hago unas preguntas que debes contestar según lo explicado en clase.
1.- ¿Cuales són las constantes exigencias de los respectivos jefes, ante la empleada?
2.- Que sue psalerle personalmente a la empleada ante tantas exisgencias
3.- ¿Crees que la conversación matenida con la compañera de trabajo le ha sido de hayuda?
4.- ¿En que consiste el Burn-out y que síntomas se manifiesta?